Micelio

Artículo 277

Si El Superintendente O Cualquiera De Los Funcionarios Indicados Violare La Reserva Comercial O Hiciere Uso Indebido De Cualquier Información Obtenida En El Desempeño De Su Cargo, Será Inmediatamente Destituido Y El Respectivo Superior Pondrá La Denuncia Del Caso Ante La Autoridad Competente, A Fin De Que Apliquen Los Artículos 173, 279, 306 Y Demás Pertinentes Del Código Penal

Decreto 2521 de 1950 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el Superintendente o cualquiera de los funcionarios indicados violare la reserva comercial o hiciere uso indebido de cualquier información obtenida en el desempeño de su cargo, será inmediatamente destituido y el respectivo superior pondrá la denuncia del caso ante la autoridad competente, a fin de que apliquen los artículos 173, 279, 306 y demás pertinentes del Código Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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