Requisitos para la solicitud de operaciones de adelanto. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a que la Secretaría Técnica del OCAD Paz identifique la necesidad de realizar un adelanto, deberá solicitar por escrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público- Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional el adelanto. Dicha solicitud deberá contener como mínimo: i. El saldo de caja disponible de la Asignación para la Paz a la fecha de la solicitud. ii. El monto de los recursos que se solicita ser adelantado, el cual deberá coincidir con la insuficiencia determinada con base en el Artículo 1.2.4.3.1 del presente Decreto y no superar el monto del cupo presupuestal del adelanto al que se refiere el Artículo 60 de la Ley 2056 de 2020. iii. El plazo del adelanto solicitado que en todo caso no deberá superar la siguiente vigencia bienal. iv. El Acuerdo del OCAD Paz mediante el cual se autoriza el adelanto y la vigencia futura de ID Asignación para la Paz de las siguientes vigencias, que garantizará el pago de las operaciones de adelanto de corto plazo de carácter transitorio. Para los tipos de adelanto descritos en los numerales 2 y 3 del artículo anterior en adición a los requisitos establecidos anteriormente, la Secretaría Técnica del OCAD Paz deberá aportar: i) Los documentos soporte provenientes de la estructuración de la operación de financiamiento de que trata el artículo 62 de la Ley 2056 de 2020 con la cual se obtendrán los recursos para pagar el préstamo de corto plazo de carácter transitorio, entre los que se encuentre el tipo de operación, la identificación de la contraparte y la oferta en firme. ii) Los soportes de las vigencias futuras que garanticen el pago de la operación de financiamiento.
º. Para efectos de cumplir con el principio de plurianualidad del régimen presupuestal del Sistema General de Regalías establecido en el Artículo 128 de la Ley 2056 de 2020, el plazo de los créditos de corto plazo de carácter transitorio será de dos años, en todo caso no podrá superar la siguiente vigencia presupuestal al momento de la solicitud de estos.
La Secretaría Técnica del OCAD Paz será la única responsable de monitorear periódicamente la relación precisa de los gastos pendientes de ser realizados en el mes y el cronograma de pagos de los Proyectos con Enfoque Territorial -PDET.
, Para las operaciones de adelanto de corto plazo y las operaciones de financiamiento de las que tratan los literales a) y b) del artículo 62 de la Ley 2056 de 2020, respectivamente, la Secretaría Técnica del OCAD Paz deberá realizar a través del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías - SPGR, la afectación y el control de las vigencias futuras aprobadas por el OCAD Paz.