FORMA DE DISPONER LAS DESTINACIONES, TRASLADOS Y COMISIONES. Las destinaciones, traslados y comisiones de los Agentes de la Policía Nacional, se dispondrán así: Por decreto del Gobierno, comisiones al exterior superiores a noventa (90) días. Por Resolución del Ministerio de Defensa, comisiones al exterior menores de noventa (90) días. Por Resolución de la Dirección General, comisiones permanentes o transitorias mayores de treinta (30) días dentro del país y destinaciones y traslados. Por artículo de la Orden del Día de las Direcciones y Departamentos de Policía, comisiones de Agentes hasta por treinta (30) días.
Decreto 2063 de 1984 →Vigente
Artículo 18
Forma De Disponer Las Destinaciones, Traslados Y Comisiones
Decreto 2063 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Agentes de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.