De las obligaciones de adaptación y reemplazo de vehículos . Los vehículos y equipos destinados para transporte de basuras que no reúnan las condiciones exigidas, deberán ser adaptados o reemplazados dentro del plazo fijado por el Ministerio de Salud, que se determinará de acuerdo con el programa presentado por cada entidad.
Decreto 2104 de 1983 →Vigente
Artículo 49
De Las Obligaciones De Adaptación Y Reemplazo De Vehículos
Decreto 2104 de 1983 · Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2º del Decreto número 1294 de 23 de abril de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.