°. Modificación del artículo 2.2.4.10.5., del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. El artículo 2.2.4.10.5., del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, quedará así: “Artículo 2.2.4.10.5. Transición. Se concede hasta el 1° de julio de 2016, para que los corredores de seguros, las agencias y agentes de seguros acrediten los requisitos en materia de idoneidad profesional e infraestructura humana y operativa y para que se registren en el Registro Único de Intermediarios”.
Decreto 1507 de 2015 →Vigente
Artículo 1
Modificación Del Artículo 2
Decreto 1507 de 2015 · por el cual se modifica el Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, en lo referente al plazo para obtener el Registro Único de Intermediarios del Sistema General de Riesgos Laborales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.