Artículo segundo. El funcionario responsable del manejo de la cuenta de "Fondos Especiales" del Ministerio de Relaciones Exteriores rendirá al señor Ministro, por conducto del Subsecretario de Asuntos Administrativos de la Cancillería, un informe mensual documentado relativo al movimiento de dicha cuenta, incluída una relación completa y detallada de los bienes adquiridos.
Decreto 662 de 1976 →Vigente
Artículo 2
Decreto 662 de 1976 · Por el cual se modifica y adiciona el Departamento número 2093 del 2 de octubre de 1975, por el cual se dictan unas disposiciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.