Micelio

Artículo 8

Decreto 4112 de 2004 · por el cual se modifican los artículos 12, 13, 14, 15, 17, 18 y 19 y se deroga el inciso segundo del parágrafo del artículo 9° del Decreto 569 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica los artículos 12, 13, 14, 15, 17, 18 y 19 y deroga el inciso segundo del

Parágrafo

del artículo 9° del Decreto 569 de 2004.

Parágrafo

Artículo 9 DECRETO 569 de 2004

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4112 de 2004