Declaración de bienes de la sociedad patrimonial que ingresan a la sociedad conyugal. Quienes tengan entre sí unión marital de hecho y sociedad patrimonial no declarada ni liquidada y pretendan celebrar matrimonio, podrán declarar, por escritura pública, que han tenido unión marital de hecho y sociedad patrimonial entre ellos y que es su voluntad que los bienes integrantes de esta sociedad ingresen a la sociedad conyugal que surge por el hecho del matrimonio.
Los declarantes relacionarán e identificarán todos los bienes habidos en la sociedad patrimonial para que hagan parte de la sociedad conyugal.
TEXTO CORRESPONDIENTE A