Las enfermeras y auxiliares de enfermería, que hayan sido o puedan ser incorporadas en el Escalafón Nacional de Enfermeras creado por los Decretos 1232 y 1809 de 1942, y que estén trabajando en instituciones oficiales y privadas de carácter permanente, tendrán derecho a las prestaciones sociales comunes a los empleados públicos.
Ley 87 de 1946 →Vigente
Artículo 9
Ley 87 de 1946 · Por la cual se reglamenta la profesión de enfermería y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.