Micelio

Artículo 3

º

Decreto 85 de 1995 · por el cual se organiza la Dirección General de la Contabilidad Pública en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Corresponde a la Oficina de Sistemas de la Dirección General de la Contabilidad Pública el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Participar en la planeación, definición y diseño de las políticas de manejo de información y desarrollo de sistemas de la Dirección General de la Contabilidad Pública y controlar su desarrollo e implantación;

b)

Analizar, diseñar, desarrollar, documentar, implantar y mantener los sistemas de información requeridos porla Dirección General de la Contabilidad Pública;

c)

Dirigir y controlar los proyectos de adquisición y/o renovación de la tecnología necesaria para el desarrollo de las funciones de la Dirección tanto a nivel de hardware, como de software, en coordinación con la Unidad de Informática del Ministerio;

d)

Administrar los sistemas de información, velar porla calidad, seguridad lógica, física, y la integridad de la información que se procese en la Dirección General de la Contabilidad Pública;

e)

Diseñar, en coordinación con las distintas dependencias públicas las formas, procedimientos y aplicaciones adecuados para el correcto flujo, procesamiento y utilización de la información contable y estadística, de conformidad con las disposiciones dictadas par el Contador General;

f)

Dirigir, coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de información;

g)

Coordinar y controlar los procesos de flujo e intercambio de información con organismos y entidades distintos de la Dirección General de la Contabilidad Pública;

h)

Presentar a la unidad de Informática el plan anual de capacitación en sistemas para los funcionarios de la Oficina de Sistemas de la Dirección;

i)

Coordinar con la Unidad de Informática de la Dirección Superior y la División de Coordinación Administrativa de la Dirección General de la Contabilidad Pública el programa de capacitación anual para los funcionarios de la Dirección;

j)

Verificar que las operaciones contables de los organismos y entidades públicos queden registradas oportunamente en el sistema de información y controlar la producción de la información correspondiente;

k)

Diseñar e implantar los procedimientos o sistemas para el intercambio de información;

l)

Velar por la adecuada integridad y calidad de loscontratos de mantenimiento de los equipos y programas de sistemas instalados en la Dirección General de la Contabilidad Pública, así como la vigencia de los mismos y de sus correspondientes pólizas de seguros;

m)

Coordinar con la Unidad de Informática de la Dirección Superior, la planeación de sistemas y de contingencias de la Dirección General de la Contabilidad Pública, dentro de la metodología establecida;

n)

Verificar las operaciones en el sistema de información de la Dirección General de la Contabilidad Pública y presentar los informes correspondientes;

o)

Las demás que le sean asignadas por el Contador General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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