Micelio

Artículo 4

Ley 62 de 1988 · Por la cual se modifica la Ley 96 de 1985 y el Decreto número 2241 de 1986 (Código Electoral)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 88 del Código Electoral, quedará así:

Artículo 88. El término para la inscripción de candidatos a las distintas corporaciones de elección popular vence a las seis (6) de la tarde del primer martes del mes de febrero del respectivo año. El término para la inscripción de candidatos a la Presidencia de la República a las seis (6) de la tarde del primer lunes del correspondiente mes de abril.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 62 de 1988