Cada País Miembro podrá reservar sectores de actividad económica para las empresas nacionales, públicas o privadas y determinar si se admite en ellas la participación de empresas mixtas. Sin perjuicio de lo dispuesto en otros artículos del presente capitulo, la Comisión a, propuesta de la Junta, podrá determinar las sectores que todos los Países Miembros reservarán para las empresas nacionales, públicas o privadas, y establecer si se admiten en ellos la participación de empresas mixtas.
Decreto 1299 de 1971 →Inexequible
Artículo 38
Cada País Miembro Podrá Reservar Sectores De Actividad Económica Para Las Empresas Nacionales, Públicas O Privadas Y Determinar Si Se Admite En Ellas La Participación De Empresas Mixtas
Decreto 1299 de 1971 · Por el cual se pone en vigencia el Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías del Acuerdo de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.