Micelio

Artículo 6

º En La Escritura Que Contenga El Contrato Matrimonial Se Expresará El Nombre, Apellido E Identidad De Los Contrayentes, Lugar Y Fecha De Nacimiento, Nacionalidad Y Domicilio, La Circunstancia De Hallarse En Su Entero Y Cabal Juicio Y Su Manifestación De Viva Voz Ante Notario, Previo Interrogatorio De Éste, De Que Mediante El Contrato De Matrimonio Libre Y Espontáneamente Se Unen Con El Fin De Vivir Juntos, Procrear Y Auxiliarse Mutuamente Y No Existe Impedimento Para Celebrarlo

Decreto 2668 de 1988 · Por el cual se autoriza la celebración del matrimonio civil ante Notario público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En la escritura que contenga el contrato matrimonial se expresará el nombre, apellido e identidad de los contrayentes, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y domicilio, la circunstancia de hallarse en su entero y cabal juicio y su manifestación de viva voz ante Notario, previo interrogatorio de éste, de que mediante el contrato de matrimonio libre y espontáneamente se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente y no existe impedimento para celebrarlo. Así mismo, se harán constar las legitimaciones a que hubiere lugar. Presentes los contrayentes y el Notario, éste leerá personalmente la escritura y será suscrita por los intervinientes y el Notario en un solo acto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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