Decreto 4446 de 2006 · por el cual se reglamentan los artículos 18 y 33 transitorio del Decreto-ley 780 de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las faltas temporales del representante de los empleados en la Comisión de Personal serán llenadas por el suplente. En caso de falta absoluta del representante principal, el suplente asumirá tal calidad hasta el final del período.
Parágrafo
En caso de falta absoluta de los representantes de los empleados, principal y suplente, el Director de la Entidad convocará a elecciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en la que se tenga conocimiento de dicha situación.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.