°. Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la Planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de Sanidad Militar, serán incorporados en los cargos equivalentes de que trata el presente decreto, en un término máximo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de su publicación y continuarán percibiendo la remuneración correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente mientras ocupen el cargo en el que serán incorporados.
Artículo 6
Los Funcionarios Que A La Fecha De La Expedición Del Presente Decreto Se Encuentren Prestando Sus Servicios En La Planta De Personal Del Ministerio De Defensa Nacional - Dirección General De Sanidad Militar, Serán Incorporados En Los Cargos Equivalentes De Que Trata El Presente Decreto, En Un Término Máximo De Sesenta (60) Días Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Continuarán Percibiendo La Remuneración Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan Actualmente Mientras Ocupen El Cargo En El Que Serán Incorporados
Decreto 4783 de 2008 · por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de Sanidad Militar y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.