Micelio

Artículo 9

Ley 5 de 1944 · Por la cual se crea el Instituto Nacional de Abastecimientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tanto el Instituto Nacional de Abastecimientos como las acciones, bonos, etc., que emita , las operaciones que ejecute y los productos que adquiera, venda o distribuya, estarán exentos de impuestos nacionales, departamentales y municipales , y de toda clase de contribuciones , excepto gravámenes de valorización y tasas u honorarios por conceptos de servicios.

VENTAJAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 5 de 1944