Micelio

Artículo 12

Secretaría General Y Jurídica

Decreto 252 de 2004 · por el cual se reestructura el Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero - Ambiental y Nuclear, Ingeominas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General y Jurídica . Son funciones de la Secretaría General y Jurídica, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General y demás dependencias, en la interpretación de las normas constitucionales y legales y en los asuntos jurídicos de la entidad.

2.

Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, contratos, convenios y demás actos administrativos que deba expedir o proponer a la entidad, que sean sometidos a su consideración.

3.

Conceptuar sobre la juridicidad de los contratos y de los demás documentos de las distintas dependencias del Instituto.

4.

Coordinar la atención de todos los procesos judiciales y extrajudiciales en los que sea parte el Instituto.

5.

Apoyar a las áreas competentes en las respuestas a los recursos que deban resolverse en contra de los actos administrativos proferidos por el Instituto.

6.

Representar judicial y extrajudicialmente al Instituto en los procesos en que estos sean parte, en los casos en que así lo determine el Director General.

7.

Dirigir los planes, programas y proyectos, en relación con la administración de los recursos humanos, físicos y financieros.

8.

Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Instituto por todo concepto, desarrollando las labores de cobro persuasivo y adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva.

9.

Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera el Instituto.

10.

Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina, relacionadas con la actividad del Instituto y velar por su actualización y difusión.

11.

Coordinar las investigaciones disciplinarias de los empleados del instituto y fallar en primera instancia de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 734 de 2002 y en las normas que la adicionen o modifiquen.

12.

Recibir y tramitar las quejas, reclamos y sugerencias que formulen los ciudadanos en relación con la misión y desempeño de la entidad.

13.

Adelantar las actividades relacionadas con el manejo y conservación de los archivos Institucionales.

14.

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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