Deberes y Obligaciones del Oficial de Guardia en el Puente. Son deberes y obligaciones del Oficial de Guardia en el Puente, las siguientes;
Cumplir y hacer cumplir los principios establecidos en la Regla II/1, del Convenio.
Cumplir las recomendaciones sobre orientación operacional contenidas en el Anexo de la Resolución 1, del Convenio, para los oficiales encargados de guardias de navegación.
Los deberes y obligaciones adicionales contenidas en el presente Capítulo como también en el Reglamento Interno del buque.
(Decreto 1597 de 1988 artículo 48)