Acto_legislativo 1 de 1968 · ACTO LEGISLATIVO 1 DE 1968, 11/12/1968, POR EL CUAL SE REFORMA LA CONSTITCIÓN POLITICA DE COLOMBIA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Artículo 154 de la Constitución Nacional quedará así:
En cada Departamento habrá un Tribunal Administrativo. La ley determinará las funciones y el número de Magistrados.
Las calidades, las asignaciones y el período de sus miembros serán los señalados para Magistrados de Tribunales Superiores.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.