Micelio

Artículo 6

Vigencia

Ley 2516 de 2025 · por medio de la cual la Nación y el Congreso de la República enaltecen y reconocen oficialmente al primer colegio público de Colombia - Glorioso Colegio de Boyacá, por su trayectoria e importantes aportes a la educación de los colombianos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Dada, a 31 de julio de 2025.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2516 de 2025