Micelio

Artículo 3

Decreto 1461 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos y se hacen unos nombramientos. ( Sección de Conservación de Carreteras y Puentes)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fíjase al señor Federico Arteaga un término improrrogable de veinte (20) días contados a partir de la fecha de posesión de su sucesor, para la entrega de todos los elementos que están bajo su responsabilidad, tiempo durante el cual tendrá derecho a devengar sueldo, que le será cancelado con cargo a la partida apropiada en el Capítulo 115, artículo 1576, Ordinal m) del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso.

Parágrafo

Si a la terminación del plazo señalado, el Almacén no ha sido entregado completamente, el ex-Almacenista señor Arteaga está en la obligación de terminar la entrega sin derecho a sueldo y en caso de renuencia se hará acreedor a las sanciones correspondientes, establecidas para estos casos por la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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