Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1830 de 1952 · Por el cual se fomentan las exportaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las divisas provenientes de la exportación de los productos mencionados en el artículo anterior, serán comprados por el Banco de la República al mismo tipo de cambio que tenga fijado para la compra de divisas provenientes de otras fuentes distintas de las exportación del café. La entrega de estas divisas dará derecho a quien las venda para importar, por igual valor, los artículos de la lista de prohibida importación que determine el Gobierno. Este derecho será negociable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1830 de 1952