Micelio

Artículo 18

Corresponde A La División De Conservación Y Reservas, Dirigir, Coordinar Y Programar Estudios De Evaluación De La Producción De Petróleo Y De Gas, A Fin De Determinar La Correscta Explotación De Los Yacimientos, Sus Reservas, Recobros Esperados Y Pronósticos De Producción, Y Ejercer La Vigilancia Técnica De Los Mismos

Decreto 636 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Minas y Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División de Conservación y Reservas, dirigir, coordinar y programar estudios de evaluación de la producción de petróleo y de gas, a fin de determinar la correscta explotación de los yacimientos, sus reservas, recobros esperados y pronósticos de producción, y ejercer la vigilancia técnica de los mismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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