Micelio

Artículo 28

Decreto 1091 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Fondo Nacional de Ahorro

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Semestralmente el Administrador Fiduciario efectuará balances e inventarios, para cuyo efecto se cortarán las cuentas el 30 de junio y 31 de diciembre de cada año. Dichos balances e inventarios, bajo la firma del Administrador Fiduciario y del auditor de la Superintendencia Bancaria, junto con un informe sobre la marcha del Fondo, serán presentados a su Junta Directiva por el Administrador Fiduciario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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