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Artículo 1

Asignaciones Básicas

Decreto 1390 de 2010 · por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Asignaciones Básicas . A partir del 1° de enero de 2010, fíjanse las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil: del Estado Civil: Grado Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial 1 2.525.793 2.910.872 1.831.056 1.165.994 935.001 2 2.764.594 3.183.423 2.111.487 1.275.694 969.545 3 3.031.465 3.716.980 2.278.195 1.322.432 971.441 4 3.633.396 3.922.989 2.357.623 1.392.067 979.389 5 3.979.486 2.528.580 1.488.238 1.039.822 6 4.355.149 2.695.171 1.567.331 1.107.536 7 5.317.221 2.824.224 1.682.863 1.164.668 8 6.468.103 3.092.990 1.429.574 9 1.594.317

Parágrafo 1

En las escalas de asignación básica de que trata el presente artículo, la primera columna señala los grados que corresponden a las distintas denominaciones de empleos, la segunda y siguientes determinan las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

Parágrafo 2

Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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