Micelio

Artículo 10

Los Cónsules De Colombia No Visarán Ninguna Factura De Vinos Y Licores Que No Esté Acompañada De Un Certificado De La Autoridad Respectiva Del País De Origen En Que Conste Que Los Productos Se Ajustan A Lo Dispuesto Por Este Decreto

Decreto 1048 de 1950 · Por el cual se reglamenta la importación, fabricación y venta de licores

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los cónsules de Colombia no visarán ninguna factura de vinos y licores que no esté acompañada de un certificado de la autoridad respectiva del país de origen en que conste que los productos se ajustan a lo dispuesto por este Decreto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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