Micelio

Artículo 13

Decreto 1824 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 139 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estudio de la solicitud. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud, la entidad encargada del manejo y administración de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, hará las revisiones y evaluaciones del caso, para proceder a declarar o negar la elegibilidad del proyecto. De ser elegible el proyecto, la entidad deberá solicitar a Finagro la expedición de la autorización y certificación de disponibilidad de recursos de que trata el artículo siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1824 de 1994