Micelio

Artículo 4

Ley 24 de 1910 · Por la cual se crea una Comisaría Judicial especial en el Territorio del Caquetá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal y asignaciones de la Comisaría Judicial especial serán:

Un Comisario, con un sueldo de $ 200 en oro mensuales:

Un Secretario Escribiente, con un sueldo de $ 150 en oro mensuales.

Parágrafo

Destínase la cantidad de treinta pesos ($ 30) oro para gastos de escritorio, y el Comisario y su Secretario disfrutarán de los auxilios de marcha asignados por las leyes á los Coroneles y Sargentos Mayores, respectivamente, cuando por razón del ejercicio de sus funciones tengan que ausentarse del lugar de su residencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1910