Las siguientes funciones de la Junta Directiva necesitan aprobación del gobierno Nacional, impartido por medio de resolución ejecutiva; a) delegar en otros organismos de la administración pública funciones de las encomendadas al instituto, y reasumir, si fuere el caso, las encomendadas al instituto, y reasumir, si fuere el caso, las funciones delegadas; b) disponer la contratación de empréstitos internos o externos con destino al instituto, y la suscripción de los contratos correspondientes; c) reformar los presentes estatutos. CAPITULO IX Constitución de comités. Composición y atribuciones.
Artículo 29
Las Siguientes Funciones De La Junta Directiva Necesitan Aprobación Del Gobierno Nacional, Impartido Por Medio De Resolución Ejecutiva; A) Delegar En Otros Organismos De La Administración Pública Funciones De Las Encomendadas Al Instituto, Y Reasumir, Si Fuere El Caso, Las Encomendadas Al Instituto, Y Reasumir, Si Fuere El Caso, Las Funciones Delegadas; B) Disponer La Contratación De Empréstitos Internos O Externos Con Destino Al Instituto, Y La Suscripción De Los Contratos Correspondientes; C) Reformar Los Presentes Estatutos
Decreto 822 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.