Micelio

Artículo 43

Secretaría General

Decreto 1075 de 2023 · Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes

1.

Asistir al o la Ministra(o) en la determinación de políticas, objetivos y estrategias relacionados con la administración del Ministerio, de conformidad con las dispo­siciones técnicas y normativas vigentes.

2.

Apoyar al Despacho del o la Ministra(o) en la formulación de la política y los planes de acción del Sector Administrativo y asistir en las funciones de coordi­nación y control de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, de acuerdo con los lineamientos institucionales.

3.

Coordinar y liderar el desarrollo e implementación de políticas, normas y proce­sos en materia de administración de recursos físicos y prestación de servicios a cargo del Ministerio de Igualdad y Equidad, de conformidad con los lineamien­tos técnicos y normativos aplicables.

4.

Liderar la administración, custodia y conservación de los bienes muebles, in­muebles, tangibles e intangibles, de propiedad o al servicio del Ministerio de Igualdad y Equidad, en concordancia con la normativa aplicable.

5.

Dar lineamientos relacionados con los procesos de contratación de la entidad, para la adquisición de bienes, servicios y obras necesarias, en el ámbito de las disposiciones legales vigentes.

6.

Celebrar y suscribir, por delegación, los contratos y convenios del Ministerio de Igualdad y Equidad y realizar el seguimiento a su ejecución, de acuerdo con la normativa aplicable.

7.

Orientar la gestión financiera, administrativa y técnica de los fondos y fondos cuenta del Ministerio de Igualdad y Equidad y preparar los informes que requiera el Despacho del o la Ministra(o), de conformidad con las disposiciones normati­vas vigentes.

8.

Adoptar políticas, planes, programas y proyectos relacionados con el manejo presupuestal y financiero del Ministerio de Igualdad y Equidad y vigilar su cum­plimiento, en concordancia con la normativa aplicable.

9.

Coordinar las políticas de gestión del talento humano del Ministerio de Igualdad y Equidad y vigilar su cumplimiento, siguiendo los preceptos normativos aplica­bles.

10.

Programar y hacer seguimiento a la ejecución presupuestal y gestionar las modi­ficaciones presupuestales del Ministerio y de las entidades del Sector Adminis­trativo, en materia de funcionamiento ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, siguiendo las disposiciones legales vigentes.

11.

Diseñar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, procesos de orga­nización y estandarización de métodos, elaboración de manuales de funciones y actividades relacionadas con la racionalización de procesos administrativos del Ministerio, teniendo en cuenta las disposiciones técnicas y normativas aplica­bles.

12.

Coordinar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institu­cional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia, de conformidad con los objetivos de la entidad y las normas técnicas.

13.

Las demás que le sean asignadas y que le correspondan por su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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