Etapas para la implementación del Proyecto Productivo. La adjudicación del subsidio que permita la implementación del proyecto productivo se desarrollará de acuerdo con la reglamentación que expida la Agencia de Desarrollo Rural, para el cumplimiento de las siguientes etapas:
Etapa de Formulación. Una vez efectuada la recepción de los documentos mencionados en el artículo anterior, la Agencia de Desarrollo Rural realizará una visita técnica al predio para formular el proyecto productivo correspondiente, teniendo en cuenta también la caracterización socio económica del núcleo familiar.
El proceso de formulación será adelantado por el equipo técnico de que disponga la Agencia de Desarrollo Rural o por operadores contratados para tal fin, cuando ello se requiera. Si fuere el caso, la Agencia de Desarrollo Rural deberá diseñar mecanismos para la validación del proyecto productivo formulado.
En la formulación del proyecto productivo se definirán los costos de las actividades a desarrollar, los cronogramas de desembolsos y de implementación, la proyección de ingresos y egresos, un análisis de posibles riesgos y las acciones para que los adjudicatarios accedan a los servicios de asistencia técnica.
En todos los casos, la formulación del proyecto productivo acatará los instrumentos de planificación y las normas ambientales. Las áreas de los predios objeto de adjudicación que correspondan a coberturas vegetales con características y atributos que deban mantenerse, aunque no se encuentren reconocidas bajo instrumentos de protección, podrán ser contempladas dentro del sistema productivo y se dispondrán actividades para su conservación y uso racional.,
Etapa de adjudicación del subsidio para proyecto productivo. La Agencia Desarrollo Rural emitirá un acto administrativo en el que se adjudique el subsidio para la implementación del proyecto productivo, de conformidad con los costos señalados en la etapa de formulación y los montos máximos establecidos en el presente decreto.
Etapa de Desembolso de los Recursos. La Agencia de Desarrollo Rural determinará los mecanismos financieros para el manejo de los recursos que requiere la implementación del proyecto productivo.
Etapa de implementación del proyecto productivo. La Agencia de Desarrollo Rural adelantará las actividades establecidas en la formulación del proyecto productivo para su implementación y establecimiento.
Etapa de seguimiento. La Agencia de Desarrollo Rural realizará actividades que permitan evaluar el avance del proyecto productivo, con el fin de verificar su sostenibilidad técnica, económica y ambiental.
Etapa de Cierre del Proyecto Productivo. Se declarará el cierre del proyecto productivo mediante un acta suscrita por el beneficiario y el profesional técnico encargado de la implementación, cuando las actividades previstas en la implementación culminen, los recursos hayan sido desembolsados y ejecutados en su totalidad, se cierren los mecanismos financieros que se hayan abiertos para el manejo de los recursos y finalice la etapa de seguimiento prevista en el literal anterior. De todo lo anterior deberá dejarse constancia en el respectivo expediente.
Para los efectos del cierre del Proyecto Productivo, la Agencia de Desarrollo Rural podrá dividir esta etapa en dos fases: Una primera fase correspondiente al cierre financiero, que se da cuando se ejecuta la totalidad de los recursos del subsidio para el proyecto productivo y se cierra el mecanismo financiero; y una segunda fase correspondiente al cierre técnico que se dará al culminar la implementación del proyecto productivo. De cada una de las fases se levantará la correspondiente acta.
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