Micelio

Artículo 8

Ley 97 de 1945 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre escalafón de enseñanza primaria, y prestaciones sociales para los maestros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ser Director o Inspector Nacional de enseñanza primaria, Subdirector Departamental de Educación, funcionario técnico de las Direcciones de Educación, Director de escuelas anexas a los Institutos Pedagógicos y Escuelas Normales, se necesita pertenecer a la primera categoría del escalafón de enseñanza primaria o secundaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 97 de 1945