Micelio

Artículo 2

Decreto 903 de 1947 · Por el cual se provee al levantamiento del catastro de la Zona Negra de Barranquilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los sueldos y demás gastos que demande el funcionamiento de las dos Comisiones de Reconocimiento se imputaran a los fondos del contrato vigente entre la, Nación y el Municipio de Barranquilla para el saneamiento de la Zona Negra de la misma ciudad, y serán subierlos en Barranquilla por el Contador-Pagador del Fondo Nacional de Malariologia en esa ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 903 de 1947