Se Considera Que Un Alumno Ha Perdido El Curso: A) Por Notas Inferiores A Tres (3) En Tres O Más Materias Para Los Cadetes De Los Cursos Militar Y General; B) Por Notas Inferiores A Tres (3) En Dos O Más Materias Para Los Alféreces; C) Por Pérdida De Una Materia En Los Exámenes De Habilitación, Y D) Por Pérdida De Uno Cualquiera De Los Ramos Del Servicio Tratados En El Parágrafo 61
Decreto 1886 de 1941 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar de Cadetes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 69. Se considera que un alumno ha perdido el curso
a)
Por notas inferiores a tres (3) en tres o más materias para los Cadetes de los Cursos Militar y General;
b)
Por notas inferiores a tres (3) en dos o más materias para los Alféreces;
c)
Por pérdida de una materia en los exámenes de habilitación, y
d)
Por pérdida de uno cualquiera de los ramos del servicio tratados en el
Parágrafo 61
ALTAS Y BAJAS
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.