Micelio

Artículo 2

Decreto 1774 de 1973 · Por el cual se crea la Comisión Asesora del Estudio de Participaciones de Larga Distancia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. La composición de la Comisión Asesora será la siguiente

1.

El Jefe de la División de Telefonía y Telegrafía del Ministerio de Comunicaciones, quien la presidirá;

2.

El Presidente de la. Empresa Nacional de Telecomunicaciones, o su delegado;

3.

El Jefe de la Unidad de Infraestructura del Departamento Nacional de Planeación o su delegado;

4.

Un (1) representante principal y un representante suplente de las empresas telefónicas locales, designados por ellas mismas;

5.

El Director Ejecutivo de la Asociación Nacional de Empresas de Teléfonos-ANET o un delegado de dicha Asociación designado por su Asamblea.

Parágrafo

Actuará como Secretario el Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Comunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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