º Las cuentas se aparejarán con los comprobantes correspondientes a los gastos hechos, incluyendo los contratos originales que se hayan celebrado y los recibos otorgados en la forma legal. Comuníquese y publíquese.
Decreto 833 de 1921 →Vigente
Artículo 4
Las Cuentas Se Aparejarán Con Los Comprobantes Correspondientes A Los Gastos Hechos, Incluyendo Los Contratos Originales Que Se Hayan Celebrado Y Los Recibos Otorgados En La Forma Legal
Decreto 833 de 1921 · Por el cual se reglamenta la Ley 15 de 1920
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.