Micelio

Artículo 748

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para que pueda otorgarse el término extraordinario se requiere:

1.

Que se solicite dentro de los diez días siguientes al en que se notifique el auto de apertura a prueba.

2.

Que los hechos que se quieran probar hayan ocurrido en el país donde se intente practicar la prueba, o que allí se hallen las personas que sobre tales hechos deban declarar.

3.

Que se indique la residencia de tales personas; y

4.

Que se expresen los archivos donde se hallen los documentos que hayan de copiarse y sean éstos conducentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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