º Las declaraciones de renta y patrimonio, que incluyen actividades relacionadas con semovientes, deberán contener las siguientes informaciones
Número y valor de los semovientes existentes el primero y el último día del período gravable:
Número y precio de los semovientes nacidos y de los adquiridos durante el período gravable, con indicación en este último caso, de los nombres e instrumentos de identificación de los enajenantes;
Número y valor fiscal de los semovientes del activo fijo muertos o desaparecidos, en el mismo período gravable;
Número y precio de los semovientes enajenados, indicando los nombres e instrumentos de identidad de los adquirientes;
Discriminación de los gastos ordinarios de las deducciones que correspondan a negocios de ganadería;
El valor discriminado de los gastos conjuntos de agricultura y ganadería si los hubiere, y
El valor de las pérdidas diferidas no amortizadas provenientes de actividades ganaderas que se hayan establecido fiscalmente a partir del año gravable de 1963.