Quedan vigentes solamente, en relación con la industria del platino, las normas encaminadas a la efectividad del cobro del impuesto existente sobre los giros provenientes de la exportación del platino, y a la seguridad de que el producto en moneda extranjera proveniente de tal exportación se pondrá a disposición del Banco de la República, en conformidad con lo que disponen al respecto los artículos 8º del Decreto número 2092 de 1931 y 2º de la Ley 21 de 1935 .
Ley 61 de 1945 →Vigente
Artículo 2
Ley 61 de 1945 · Por al cual se restablece el libre comercio y exportación del platino
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.