Micelio

Artículo 6

Ley 12 de 1934 · POR LA CUAL SE REORGANIZA EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES SOBRE INSTRUCCIÓN PÚBLICA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para atender a la ejecución del artículo 3°, se asignan las siguientes partidas: I-Para auxiliar a un Colegio de Bachillerato, hasta la suma de $ 1,200 mensuales, en el año$14,400II- Para tres escuelas de maestras rurales, a $ 50,000 cada una150,000III- Para dos Institutos de Artes y Oficios, a $ 50,000 cada uno100,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 12 de 1934