Para Los Efectos Del Señalamiento De La Caución Y Del Pago De Las Indemnizaciones A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores, El Avalúo De Mejoras Debe Comprender, Por Regla General, Lo Siguiente: A) El Trabajo Humano Y Los Gastos Empleados En La Adaptación Del Terreno Para Su Aprovechamiento O Utilización; B) El Valor Comercial, Al Tiempo Del Avalúo, De Las Edificaciones, Plantaciones, Cercados, Acequias, Caminos Y Demás Obras Y Labores Útiles, Incluyendo En Lo Referente A Sementeras, Los Rendimientos Que Se Espera Obtener De La Cosecha Pendiente
Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para los efectos del señalamiento de la caución y del pago de las indemnizaciones a que se refieren los artículos anteriores, el avalúo de mejoras debe comprender, por regla general, lo siguiente
a)
El trabajo humano y los gastos empleados en la adaptación del terreno para su aprovechamiento o utilización;
b)
El valor comercial, al tiempo del avalúo, de las edificaciones, plantaciones, cercados, acequias, caminos y demás obras y labores útiles, incluyendo en lo referente a sementeras, los rendimientos que se espera obtener de la cosecha pendiente.
c)
El mayor valor efectivo que la tierra hubiere adquirido con el esfuerzo del poseedor, y
d)
El valor comercial de la superficie del terreno que el concesionario vaya a ocupar en la explotación minera, cuando de ésta se trate. CAPITULO IX Disposiciones finales y transitorias.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.