Micelio

Artículo 52

Prima De Navidad Para Efectos Del Reconocimiento De La Prima De Navidad, Cuando El Oficial O Suboficial No Hubiere Servido El Año Completo, Tendrá Derecho A Dicha Prima En Razón De Una Doceava Parte Por Cada Mes Completo De Servicio, Liquidad Con Base En Los Últimos Haberes Devengados

Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prima de Navidad Para efectos del reconocimiento de la prima de Navidad, cuando el Oficial o Suboficial no hubiere servido el año completo, tendrá derecho a dicha prima en razón de una doceava parte por cada mes completo de servicio, liquidad con base en los últimos haberes devengados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2553 de 1975