Son funciones de la Sección de Costos: a). Elaborar e implantar un sistema de costos; b). Calcular el costo de cada una de las actividades directas o de los programas relacionados con el respectivo Ministerio, para utilizarlo en la preparación del presupuesto; c). Llevar la contabilidad de costos internos del Ministerio y la contabilidad de costos de las actividades y programas correspondientes; d). Colaborar con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación en los análisis de los costos de actividades y programas.
Decreto 550 de 1960 →Vigente
Artículo 48
Son Funciones De La Sección De Costos: A)
Decreto 550 de 1960 · Por el cual se adoptan normas generales para la reorganización y funcionamiento de la Presidencia de la República, de los Ministerios y de los Departamentos Administrativos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.