Autorícese al Gobierno nacional para otorgar becas de estudio para pregrado o posgrado, dirigida al personal de la Armada Nacional, con el propósito de fomentar la excelencia académica al interior de la Institución, en materia de soberanía, gestión de fronteras, protección ambiental, y las que considere necesarias para el desarrollo y la innovación de la fuerza.
Los beneficiarios de las becas deberán prestar servicio de retroalimentación durante el siguiente año de la terminación de los estudios, periodo durante el cual podrán ser requeridos para presentar cátedras, foros, conversatorios o demás actividades académicas que disponga la institución. En todo caso, estas actividades no podrán superar las 2 horas semanales, ni más de 32 horas dentro del periodo en cuestión.