Funciones de la Dirección de Desarrollo Territorial. Son funciones de la Dirección de Desarrollo Territorial las siguientes
Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del Departamento Nacional de Planeación en los ámbitos de finanzas públicas territoriales, fortalecimiento de la descentralización, desarrollo y ordenamiento territorial, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes.
Orientar, promover y realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.
Colaborar en la preparación de normas sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar las políticas, planes, programas y proyectos en los temas de su competencia.
Realizar la evaluación de gestión y resultados, de manera selectiva, de los planes de desarrollo ejecutados por las entidades territoriales.
Realizar el análisis, seguimiento y evaluación de inversión pública consolidada en las entidades territoriales.
Diseñar instrumentos para el seguimiento y divulgación del proceso de descentralización y en especial los aspectos relacionados con la Ley 60 de 1993 y las que la modifiquen, sustituyan o adicionen.
Diseñar políticas y mecanismos de seguimiento y evaluación de los planes y programas destinados a grupos étnicos.
Supervisar el ejercicio de las funciones atribuidas al Departamento Nacional de Planeación, por la Ley 60 de 1993, relacionadas con las transferencias a las entidades territoriales a que se refieren los artículos 356 y 357 de la Constitución Política.
Hacer recomendaciones, proveer los criterios generales para orientar la elaboración y evaluar la formulación y contenido de los planes de desarrollo de las entidades territoriales, administrativas y de planeación tanto a corto como a largo plazo de acuerdo con lo que establezca la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo y la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial.
Apoyar y orientar el proceso de ordenamiento territorial del país y desarrollar mecanismos para realizar la interacción técnica con las entidades territoriales.
Prestar asistencia técnica y administrativa a la Comisión Veedora de Transferencias organizada por el artículo 12 de la Ley 60 de 1993 y suministrar la información que ella requiera para el ejercicio de sus funciones.
Promover el desarrollo de servicios de asesoría técnica presupuestal y administrativa a los organismos de planificación de las entidades territoriales.
Diseñar instrumentos metodológicos para orientar la gestión de las entidades, territoriales.
Participar en el diseño e implementación del Sistema de Evaluación de Gestión y Resultados de la administración en los temas de su competencia, en coordinación con la Dirección de Evaluación de Gestión y Resultados del Departamento, y
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.