ARTICULO CUARTO. Las inversiones en el Hospital de San Andrés (construcción) y él Puesto de Socorro anexo a la Unidad Sanitaria de Uribia, se harán de común acuerdo entre el Ministerio de Gobierno (Departamento de Territorios Nacionales) y el de Trabajo Higiene y Previsión Social (Departamento de Asistencia Social). La partida de dos mil pesos ($ 2,000.00) destinada para el Puesto de Socorro y Dispensario de Bahía Solano, se invertirá por acuerdo del Ministerio de la Economía Nacional (Sección de Colonización) y el de Trabajo, Higiene y Previsión Social (Departamento de Asistencia Social).
Las sumas a que se refiere este artículo serán giradas e invertidas en la forma que determine la Contraloría General de la República. Comuníquese y cúmplase.