Micelio

Artículo 1

Ley 48 de 1989 · por medio de la cual se honra la memoria del ilustre colombiano, doctor Mariano Ospina Pérez.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Rendir tributo de admiración y gratitud a la memoria del señor ex Presidente de la República, doctor Mariano Ospina Pérez, cuyo nombre honra, enaltece y pone de ejemplo a las generaciones presentes y futuras, como personaje eminentísimo y hombre de Estado que sirvió con severa dignidad e insigne patriotismo el cargo de Presidente de la República.

La memoria de su gobierno perdura históricamente y se refleja en la posteridad como patrimonio nacional a través de la legislación social en defensa de los campesinos y obreros, para quienes sentó bases de redención dentro de los principios de solidaridad cristiana. Hombre de Estado, dio impulso a los postulados de concordia nacional y defensa de la democracia de participación para todos sus compatriotas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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