º. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación y hasta el 18 de noviembre de 1997. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado. La Viceministra de Comercio Exterior, encargada de las funciones del despacho del Ministro de Comercio Exterior, Magdalena Pardo de Serrano.
Decreto 1957 de 1997 →Vigente
Artículo 4
El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación Y Hasta El 18 De Noviembre De 1997
Decreto 1957 de 1997 · por el cual se modifica transitoriamente el Decreto 1909 de 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.