Modificase el artículo 6° del Decreto 1338 del 18 de junio de 2015, el cual quedará así:
“Artículo 6º. Delegación en el Ministro de Defensa Nacional respecto al personal de las Fuerzas Militares. Delégase en el Ministro de Defensa Nacional las funciones que se enlistan a continuación respecto del personal de las Fuerzas Militares, hasta el grado de Teniente Coronel o Capitán de Fragata:
1. El ingreso al escalafón de oficiales de las Fuerzas Militares.
2. Conferir grados militares honorarios a ciudadanos colombianos, oficiales, suboficiales y alumnos.
3. Otorgamiento de medallas y condecoraciones militares al personal o a instituciones nacionales.
4. Clasificación de los Oficiales de las Fuerzas Militares.
5. Separación absoluta de Oficiales de las Fuerzas Militares.
6. Llamamiento al servicio y llamamiento especial al servicio de Oficiales de las Fuerzas Militares.
7. Llamamiento a los oficiales miembros de la reserva de las Fuerzas Militares, para fines de entrenamiento o maniobras o para hacer frente a las exigencias de la seguridad interior y exterior de la Nación.
8. Reintegro al servicio activo del personal de Oficiales de las Fuerzas Militares en cumplimiento de orden judicial, y
9. Ejecución de sanciones disciplinarias”.