Micelio

Artículo 2

Decreto 414 de 2016 · por el cual se modifica el Decreto 1338 de 2015 y se aclara su artículo 2°.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificase el artículo 6° del Decreto 1338 del 18 de junio de 2015, el cual quedará así:

“Artículo 6º. Delegación en el Ministro de Defensa Nacional respecto al personal de las Fuerzas Militares. Delégase en el Ministro de Defensa Nacional las funciones que se enlistan a continuación respecto del personal de las Fuerzas Militares, hasta el grado de Teniente Coronel o Capitán de Fragata:

1.

1. El ingreso al escalafón de oficiales de las Fuerzas Militares.

2.

2. Conferir grados militares honorarios a ciudadanos colombianos, oficiales, suboficiales y alumnos.

3.

3. Otorgamiento de medallas y condecoraciones militares al personal o a instituciones nacionales.

4.

4. Clasificación de los Oficiales de las Fuerzas Militares.

5.

5. Separación absoluta de Oficiales de las Fuerzas Militares.

6.

6. Llamamiento al servicio y llamamiento especial al servicio de Oficiales de las Fuerzas Militares.

7.

7. Llamamiento a los oficiales miembros de la reserva de las Fuerzas Militares, para fines de entrenamiento o maniobras o para hacer frente a las exigencias de la seguridad interior y exterior de la Nación.

8.

8. Reintegro al servicio activo del personal de Oficiales de las Fuerzas Militares en cumplimiento de orden judicial, y

9.

9. Ejecución de sanciones disciplinarias”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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