Micelio

Artículo 1

Decreto 196 de 1957 · Por el cual se da una autorizaci?n

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Las obligaciones contraídas por el Gobierno Nacional en desarrollo del Decreto legislativo número 2347 de 1954, podrán ser canceladas por el Banco de la República con el producto de las operaciones autorizadas por el Decreto legislativo número 1005 de 1956, y el saldo, si lo hubiere, con imputación a la Cuenta Especial de Cambios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 196 de 1957